Los anuncios de modificación de la ley de ejecución penal que entró en vigencia dos meses antes de las elecciones presidenciales de 2011 pusieron en evidencia una estrategia tendiente a buscar los votos de las personas privadas de su libertad. “Reducirán hasta 20 meses las condenas de los presos que estudien”. Ese fue el título que repitió la mayoría de los diarios el día después de la palabra oficial del ministro de Justicia, Julio Alak. El anuncio de lanzamiento de campaña, calificado de “inédito” por el funcionario, fue nada más que una cortina de humo. La realidad de la reforma de algunos artículos, contenida en la ley 26.695, no tiene nada que ver con la promesa del Gobierno nacional.

“Como anuncio, se malentendió, porque el mensaje político fue que se les acortaban hasta en 20 meses las penas a los internos. Decir que se reducían las penas se entendía como que, por ejemplo, si una persona era condenada a 10 años y cumplía ciertos programas educativos, saldría antes. Nada más lejano de la realidad”, opina el juez de Ejecución Penal N° 2 de Córdoba, Cristóbal Laje Ros.

“No se reduce la pena –aclara el magistrado–; el preso que opta por educarse tiene un mérito. Y, como objetivo cumplido dentro de la cárcel, ello sirve únicamente para flexibilizar más la pena”.

“La ley reserva ciertos tiempos dentro de la cárcel y después comienza la etapa de prueba, que implica autodisciplina y poder regresar al medio libre poco a poco. Estudiar puede adelantar los plazos, pero esto va atado a la conducta del interno. En el sistema carcelario, todo tiene un valor, pero no se cumple la pena antes”, insiste Laje Ros.

–En concreto, ¿en qué se beneficia el preso que estudia?

–El Gobierno dijo que se achicaban las penas, lo que es muy distinto a decir que se reduce la posibilidad de acceder, antes de tiempo, a un régimen de salidas transitorias. Pero la pena sigue siendo la misma. Creo que tratándose de una acción en tiempos preelectorales, como lo fue, se utilizó esta suerte de herramienta electoral. Se indujo al error introduciendo un matiz educativo, porque el Poder Ejecutivo Nacional (PEN) no estaba dispuesto a conmutar penas. Esa es una facultad exclusiva del PEN.

–¿Qué pasa si un individuo sumamente peligroso hace los cursos?

–No puede acceder al beneficio, porque para llegar a un período de prueba debe tener una conducta muy buena. Tiene que contar con un perfil psicológico que tolere la autodisciplina, que tenga tolerancia a la frustración, que, si necesita dinero, no vaya a robar sino a buscar trabajo. Cuando uno ingresa al período de prueba, el perfil psicológico adecuado, la buena conducta y el buen concepto se logran con una actitud de cambio positiva de la realidad carcelaria.

Mientras tanto, Consuelo Beltrán, secretaria del Tribunal Oral Federal N° 1 y a cargo del área de Ejecución Penal, comparte conceptos de Laje Ros, aunque tiene una idea muy particular del tema educativo.

El problema. La funcionaria rescata, de la ley 24.660 (modificada por la 26.695), la adhesión a la ley de educación sancionada en 2006. “Esa ley consagró un capítulo al derecho que tienen los internos de recibir un ‘derecho social’. Creo que el problema de la 26.695 es un solo artículo: el 140”.

Beltrán entiende que si la educación es un “derecho social” a la luz de la ley nacional, “ahora, a través del artículo 140, se busca un modo de estimular a los internos para que se eduquen. Es una especie de zanahoria que se le pone adelante al preso, cuando en realidad es un derecho social que no tiene que estar sometido a ninguna zanahoria, a ninguna condición, y debe ser de libre ejercicio”.

–Pero se anunció como una ley de reducción de penas…

–No es una ley de conmutación de penas, porque esa es una facultad del Ejecutivo.

–Existen aspectos del artículo 140 que son discutibles en cuanto a su interpretación.

–Hay jueces que hacen interpretaciones más restrictivas y otros, más amplias. Entonces, ¿qué pasa con el 140? Dice que se podrán adelantar fases y períodos. Donde hay fases es en el período de tratamiento. Se supone que si hace tres cursos, se le puede acortar el plazo para que se le verifique en la fase. El Consejo Correccional hace la actualización cada seis meses; es lo habitual. El único plazo que se le podría acortar al recluso que estudia es el de la próxima actualización: podrían ser cuatro meses en vez de seis. No es que se le acorten fases, sino el tiempo para evaluarlo. Ese es el beneficio del 140.

–¿Qué pasa con la libertad condicional?

–La discusión fundamental sobre el 140 está centrada en la palabra período, porque dice que “podrá adelantar fases y períodos”. No hay dudas de que el recluso puede adelantar plazos para ir al período de prueba, en el que existen las salidas. Además de esos pasos, está lo que se llama el período de libertad condicional. Esto es muy interesante. Nosotros ya fijamos criterio en relación con las fases y el período de prueba. El período de libertad condicional se considera impropio, porque antes estaba en el Código Penal. Como se incluía en el Código, cuando sancionaron la 24.660 lo incluyeron como período. Pero, en realidad, el período de libertad condicional no está incluido en la progresividad de la pena; a usted no le hace falta pasar por todos los períodos. Son necesarios el cumplimiento de los dos tercios de la condena y una buena conducta, nada más.

–¿Hay algún antecedente de que la libertad condicional se incluya por aplicación del artículo 140?

–Hace poco, la Cámara Nacional de Casación Penal dictó un fallo favorable a la libertad condicional. Eso es lo más discutido. Nosotros tenemos en estudio un caso en el que un interno reclama la condicional. Habrá que ver cómo se resuelve.

Como resumen, la funcionaria federal sostiene que la modificación de la ley de ejecución penal “tiene una limitada aplicación; la pena no se acorta 
nada”.

 

Ley polémica. Los cambios introducidos a la ley de ejecución penal fueron considerados electoralistas por muchos magistrados.

La norma comenzó a regir dos meses antes de los comicios presidenciales realizados en 2011.

 

fuente http://www.lavoz.com.ar/ciudadanos/aseguran-que-no-hay-reduccion-penas