Una mezcla de perplejidad, desánimo, bronca y sorpresa viene provocando entre los investigadores las continuas negativas del juez federal, Pedro Vicente Zabala, a aceptar las causas sobre el funcionamiento de cabarés en La Pampa como delito de trata de personas y a citar a indagatorias a autoridades municipales.
«La verdad, es que ya no sabemos qué hacer. Todos son obstáculos. Ni siquiera, las resoluciones de la Cámara Federal de Bahía Blanca, admitiendo las apelaciones de la fiscalía, le han hecho cambiar de pensamiento -dijeron fuentes de absoluta confianza-. Porque él sabe que cuando el expediente llega a Bahía Blanca, allá le ordenan seguir investigando el delito de trata».
Una de esas resoluciones fue dictada en la causa donde se investigan las actividades del local El Delfín, de General Acha, habilitado por la municipalidad como cabaret. Allí se constató la presencia de clientes (todos hombres) y de una mujer que se encontraba detrás de la barra que carecía de libreta sanitaria y que dijo ser empleada de otro cabaret (El Amanecer), dato que no pudo ser verificado, según consta en el expediente judicial.
«También detrás del mostrador, en una repisa, se encontró una caja de madera con 99 preservativos marca Exotic y lubricantes marca Tulipán. En una habitación anexa, pegada al local, pero con entrada independiente por el exterior, y en la que había una cama, se hallaron cinco preservativos usados y un envoltorio marca Exotic (…) Lo expuesto pone en evidencia las actividades que se estarían desarrollando en el comercio allanado», se lee en la causa.
«En el estado actual del proceso, atendiendo a las constancias colectadas a este tiempo, y restando medidas de prueba a producir para determinar si se ha configurado o no el delito (de trata), resulta prematuro la declaración de incompetencia» de Zabala, dijo la fiscalía federal en la apelación que presentó ante el tribunal bahiense.
En ese recurso, la fiscalía planteó que el caso debía continuar su trámite en el fuero federal hasta que «no se descarte completamente el delito de trata de personas». Para ello se basó en una resolución de la Corte Suprema del 15 de noviembre de 2011, referida casualmente a un planteo de competencia en otra investigación sobre locales nocturnos en General Pico.

Fundamentos.
«Ante la existencia de algunos de los extremos inherentes al delito de trata de personas, la justicia federal no puede declinar su competencia, ni rechazar la que se le pretenda atribuir, sin antes realizar las medidas necesarias para establecer si se halla o no configurado el ilícito», dijeron los camaristas Pablo Candisano Mera y Angel Alberto Argañaraz, el 3 de julio pasado, al hacer lugar a la apelación y revocar el pronunciamiento de Zabala acerca de que el caso debía ser investigado por un juez provincial de General Acha por el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público e infracción a la ley 12.331. Específicamente el magistrado habló del artículo 17 de esa norma, que dice que serán multados con 1.000 pesos «los que sostengan, administren o regenteen, ostensible o encubiertamente casas de tolerancia», y penas de entre uno y tres años de prisión efectiva en caso de reincidencia.
Anteriormente, la Cámara Federal, con los votos de los jueces Candisano Mera y Néstor Luis Montezanti, había dicho lo mismo el 24 de mayo de este año en la causa sobre posible trata de personas en el cabaret «El Amanecer», de General Acha, donde -de acuerdo a lo que surge del expediente- se detectó «la existencia de una habitación en la parte posterior, con la inscripción ‘privado’ en la puerta, en la que se encontraba una alternadora con un menor de edad que ya había abonado 150 pesos para efectuar un pase, correspondiéndole una parte de ese monto a la alternadora y el resto a los dueños del local allanado, que eran quienes recibían el dinero del cliente». E inmediatamente se aclara: «… entendiéndose por pase el mantener relaciones sexuales con clientes que paguen por ello».
Más adelante, dice que «se constató que en el local trabajaban, al menos, cuatro ciudadanas dominicanas (tres de las cuales compartirían un mismo domicilio) y otras tantas argentinas; pero en el interior del local se encontraron más libretas sanitarias de femeninas que no se encontraban en el lugar (…) Debajo de la barra fue hallada una caja de preservativos marca Coronet, la misma que la de los encontrados en el ‘privado’ y en la cartera de dos de las mujeres que trabajaban en el local».

El caso piquense.
En el caso específico de General Pico, la investigación abarcó a cuatro cabarés (Playboy, Trocca Pravoce, Oasis y Kabuki, especialmente los dos últimos) y la propia Policía Federal dio certeza de que funcionaban y que había «alternadoras», en su mayoría extranjeras. Por eso la fiscalía pidió la indagatoria de nueve personas que fueron identificadas como «responsables y/o encargadas de los locales» y, paralelamente, solicitó que se remitan testimonios a la justicia provincial para que se investigue si las autoridades municipales cometieron algún delito, que podría ser el de incumplimiento de los deberes de funcionario público. En ese listado, entre otros, figura el ex intendente Jorge Tebes.
¿Qué hizo el juez ante esa requisitoria? No ordenó ninguna de las pruebas porque no se contaba con las declaraciones de las mujeres que trabajaban en los cabarés. Un detalle: las fuentes contaron que algunas de esas mujeres fueron localizadas por la subcomisaria Vanina Fileni, de la Unidad de Género y Niñez de General Pico, pero que se negaron a declarar en la justicia, y que otras directamente se fueron del país y a otras provincias.
«En otra causa, y teniendo los testimonios de las mujeres, Zabala desestimó el delito de trata porque adujo que ellas declararon que no trabajaban para nadie y que había hombres que las cuidaban y las trataban muy bien», agregaron las fuentes.
Además contaron el caso de un cabaret de Río Colorado: «Había un grupo de mujeres, la mayoría extranjera, que vivía en una casa en La Adela que estaba ubicada a una cuadra de la comisaría. Por un seguimiento se constató que no iban solas a ningún lado, ni al supermercado, y que todas las noches las pasaba a buscar un auto para cruzarlas a Río Colorado y llevarlas al cabaret. Ahí también se negó a investigar la trata. Dijo que era incompetente y que le correspondía a Río Negro saber si se violó la Ley de Profilaxis». En esa causa -que finalmente permanece en el Juzgado Federal- hay un detenido, Gustavo Daniel Langhoff, que todavía no fue indagado.

«Ni ingenuidad, ni tibieza»
El 29 de junio, el fiscal federal subrogante, Juan José Baric, le envió una nota al entonces intendente de General Pico, Jorge Tebes, señalándole que informes socioambientales de la Policía Federal daban cuenta de «la presencia de alternadoras, lo que permite razonar fundadamente que los cabarés Kabuki y Oasis constituyen, en el menor de los supuestos, verdaderas ‘casas de tolerancia’, y frente a la posible comisión de este o cualquier tipo de delitos no es posible dar paso a la ingenuidad o a la tibieza».
«Por tal motivo -le dijo el funcionario judicial a Tebes-, le solicito que arbitre inspecciones municipales» a esos locales, que le dé «una interpretación armónica de la legislación vigente» y que, eventualmente, procediera a la clausura de ellos.
«Este Ministerio (Público) no cuenta con las facultades coercitivas para proceder al cierre definitivo de los burdeles que, aún en forma encubierta, subsisten en su localidad. Sin embargo, usted, siendo la autoridad máxima de la comuna, posee dichas atribuciones y, en virtud de ello, es que vengo a instar el ejercicio de tales medidas».

Nueve meses inactiva
Los expedientes sobre probables delitos de trata de personas no sólo abarcan a localidades del interior. En la justicia federal hay un expediente parado desde hace nueve meses. Se trata de una investigación preliminar sobre el local santarroseño «Barobar», ubicado en la esquina de avenida Uruguay y Pico. La causa permanece inactiva desde el 22 de febrero, afirmó una fuente confiable.

 

 

fuente http://www.laarena.com.ar/la_ciudad-causas_sobre_trata_chocan_con_la_pasividad_de_un_juez-85022-115.html