Luego de tres horas de debate, la Cámara de Diputados sancionó la ley para crear el Registro Nacional de Datos Genéticos vinculados con delitos contra la integridad sexual, que diez meses antes había sido aprobado por el Senado. El texto, de 11 artículos que estipulan el funcionamiento del registro en el ámbito del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, la inclusión de datos una vez que quede firme la condena por delito sexual y el acceso a la información restringido a jueces, fue aprobado por 211 votos favorables y sólo uno en contra. Desde las galerías del recinto, siguieron la sesión y celebraron la sanción representantes de organizaciones no gubernamentales de familiares de víctimas de delitos sexuales.

A primera hora de la tarde, el presidente de la Comisión de Legislación Penal, Oscar Albrieu (FpV), en su carácter de miembro informante del proyecto presentado originalmente en el Senado por Sonia Escudero, aseguró que el registro a crear se vincula con el tratamiento “de un delito que nos interpela a menudo desde los medios”. Se trata, dijo, de “la sistematización de la información obtenida en el marco de una investigación y con condena firme” y aclaró que “siempre será de carácter reservado, en el marco de una investigación penal posterior; por lo que queda prohibida su utilización para otros fines”. Diana Conti, del mismo bloque, agradeció a “la militancia de los familiares de las víctimas, por su esfuerzo y perseverancia para ir convenciéndonos de que cedamos en nuestro dogmatismo”. En diálogo con este diario, recordó que se trató de un tema “debatido durante ocho años por lo menos, con participación de todos, donde había reparos por si era discriminatorio o eficaz o no, y se fue perfeccionando hasta que llegamos a este producido. Además, es importante poner la tecnología al servicio de un instrumento eficaz para la investigación de los delitos contra la integridad sexual”. Conti también subrayó que el registro “no es discriminatorio”, porque sólo podrá ser consultado por “jueces y el Ministerio de Justicia a requerimiento judicial, no hay posibilidad de acceso público”.

Durante el debate, la diputada María Luis Storani (UCR) definió como “fundamental” la existencia del registro. “Almacenará muestras genéticas, fotografías actualizadas y una reseña de los domicilios actuales de los abusadores”, detalló. Su colega Cornelia Schmidt-Liermann (PRO) consideró que apoyar el proyecto era una suerte de homenaje “a los que ya no están”, al tiempo que consideró que el registro podía servir de prevención: “Para evitar nuevos crímenes es que tiene que existir un banco centralizado de datos genéticos”.

El único voto en contra fue el de Marcela Rodríguez (ex ARI), para quien el proyecto convertido en ley “contradice las reformas feministas de los setenta, uno de los pocos avances de violencia sexual contra las mujeres”, y “no comprende quiénes son los violadores, quiénes son las violadas y por qué se cometen las violaciones”. Rodríguez detalló que en países como Gran Bretaña, Francia, Australia y Estados Unidos, “este tipo de herramientas no ha contribuido a disminuir la tasa de violaciones ni a facilitar –mediante la fuerza probatoria del ADN– la tasa de condenas por violación”. Este tipo de herramienta se revela ineficaz, sostuvo Rodríguez, porque “la mayoría de las violaciones son cometidas por padres, maridos, parejas, amigos y conocidos de las víctimas”. En territorio bonaerense, agregó, las estadísticas oficiales de 2012 señalaron que “el 71 por ciento de los casos de violaciones eran casos en los que la víctima conocía a su agresor”, de modo que la violencia sexual no es “una problemática de ‘inseguridad’”, sino de “una lógica de discriminación y violencia contra las mujeres”.

Tras la sanción del registro, la presidenta de Ayuda a Víctimas de Violación (Avivi), María Elena Leuzzi, que apoyaba el proyecto, señaló: “El 20 por ciento de los 4300 casos que asistimos fueron víctimas de violadores ocasionales, el resto fueron intrafamiliares”. “Es terrible, es como si viviéramos en un país incestuoso”, agregó.

El proyecto de ley aprobado dispone que el registro almacene y sistematice “la información genética asociada a una muestra o evidencia biológica” obtenida durante “una investigación criminal y de toda persona condenada con sentencia firme” por delitos cometidos contra la integridad sexual. Los análisis genéticos, establece, se realizarán en “los laboratorios debidamente acreditados por el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva” y los archivos y muestras deben ser conservados “de un modo inviolable e inalterable”. La información del registro “sólo será dada de baja transcurridos cien años desde la iniciación de la causa en la que se hubiera dispuesto su incorporación por orden judicial” y queda prohibido su uso para cualquier otro fin que el registral.

 

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