«Así es doctrina de esta Sala (continúa diciendo el fallo) que la autoridad de prevención no está autorizada a mantener información sobre la comisión de un delito a resguardo, sin dar inmediata comunicación al juez o fiscal correspondiente», se indicó.

En la ruta. Ya por la noche de aquel día de mayo de 2009, una dotación de la Brigada Operativa de la ex Drogas esperó que la Toyota Hilux color gris de Halford saliera de su casa y la siguió. La Hilux era manejada por Ercegovic y en la camioneta también viajaban Halford y el hijo de la pareja.

A la altura del kilómetro 80 de la ruta A-012 la Toyota fue interceptada por los policías y ahí se generó el incidente que dio origen al pedido de nulidad. La aparición de los tres ladrillos de marihuana en la caja de la Hilux. En ese sentido la Cámara de Casación analizó los dichos de los acusados, que sostuvieron que no había nada; los dichos de los policías, que aseguraron que los panes de droga estaban allí; los dichos de dos testigos, que manifestaron ver los panes en la caja de la Toyota; y la de otros dos testigos, vecinos del lugar donde fue parado el vehículo, que dijeron haber visto como un hombre (supuestamente un policía) arrojaba algo en la caja de la camioneta.

Sin embargo, más allá de analizar el incidente, la Cámara de Casación se detuvo en que los policías requisaron el vehículo sin autorización judicial. «En esa línea debe señalarse que toda actividad investigativa realizada al margen del debido control de los jueces y fiscales, resulta irregular y no justifica los actos posteriores, tanto de detención y requisa del vehículo, así como el allanamiento», se explicó.

«No caben dudas en punto a la nulidad de la totalidad del procedimiento que se llevó a cabo el día 13 de mayo de 2009 sobre la base de la irregularidad advertida, desde el proceder del personal policial provincial que direccionó la investigación y no dio a conocer las circunstancias a ningún magistrado», dice la resolución.

Sin sanciones. Y así fue que el juicio a Jorge Halford y Marta Susana Ercegovic fue declarado nulo y ambos fueron absueltos y recuperaron la libertad.

El fallo de la Cámara de Casación, en tanto, no dispuso ninguna sanción ni profundización en la investigación para los policías de las ex Dirección de Drogas Peligrosas que fueron puestos en duda durante el juicio a Halford, incluso uno de ellos que habría recibido 60 mil pesos para no proseguir con la causa mientras el uniformado comprometido con esa acusación sostuvo que el imputado había querido sobornarlo y que él se había negado a recibir el dinero.

“Así es doctrina de esta Sala (continúa diciendo el fallo) que la autoridad de prevención no está autorizada a mantener información sobre la comisión de un delito a resguardo, sin dar inmediata comunicación al juez o fiscal correspondiente”, se indicó.

En la ruta. Ya por la noche de aquel día de mayo de 2009, una dotación de la Brigada Operativa de la ex Drogas esperó que la Toyota Hilux color gris de Halford saliera de su casa y la siguió. La Hilux era manejada por Ercegovic y en la camioneta también viajaban Halford y el hijo de la pareja.

A la altura del kilómetro 80 de la ruta A-012 la Toyota fue interceptada por los policías y ahí se generó el incidente que dio origen al pedido de nulidad. La aparición de los tres ladrillos de marihuana en la caja de la Hilux. En ese sentido la Cámara de Casación analizó los dichos de los acusados, que sostuvieron que no había nada; los dichos de los policías, que aseguraron que los panes de droga estaban allí; los dichos de dos testigos, que manifestaron ver los panes en la caja de la Toyota; y la de otros dos testigos, vecinos del lugar donde fue parado el vehículo, que dijeron haber visto como un hombre (supuestamente un policía) arrojaba algo en la caja de la camioneta.

Sin embargo, más allá de analizar el incidente, la Cámara de Casación se detuvo en que los policías requisaron el vehículo sin autorización judicial. “En esa línea debe señalarse que toda actividad investigativa realizada al margen del debido control de los jueces y fiscales, resulta irregular y no justifica los actos posteriores, tanto de detención y requisa del vehículo, así como el allanamiento”, se explicó.

“No caben dudas en punto a la nulidad de la totalidad del procedimiento que se llevó a cabo el día 13 de mayo de 2009 sobre la base de la irregularidad advertida, desde el proceder del personal policial provincial que direccionó la investigación y no dio a conocer las circunstancias a ningún magistrado”, dice la resolución.

Sin sanciones. Y así fue que el juicio a Jorge Halford y Marta Susana Ercegovic fue declarado nulo y ambos fueron absueltos y recuperaron la libertad.

El fallo de la Cámara de Casación, en tanto, no dispuso ninguna sanción ni profundización en la investigación para los policías de las ex Dirección de Drogas Peligrosas que fueron puestos en duda durante el juicio a Halford, incluso uno de ellos que habría recibido 60 mil pesos para no proseguir con la causa mientras el uniformado comprometido con esa acusación sostuvo que el imputado había querido sobornarlo y que él se había negado a recibir el dinero.

 

http://www.lacapital.com.ar/policiales/Los-fundamentos-de-un-fallo-que-declaro-nulo-un-operativo-antidrogas-en-2009-20131215-0123.html