El pasado 4 de febrero falleció Santino Villalba, de apenas 21 días de edad. Su madre había sido declarada inimputable, pero el juzgado de Ejecución 2 de San Martín dispuso su encierro en la Unidad 45, donde mandan a mujeres con problemas psiquiátricos. Al quedar embarazada, el Servicio Penitenciario Bonaerense la derivó a la Unidad 33 de Los Hornos (sector madres). Las pericias determinaron que el bebé falleció ahogado y dieron cuenta de la falta de culpabilidad de la madre, poniendo de manifiesto la responsabilidad del Estado en dicha muerte.
Las madres y demás mujeres detenidas en la Unidad 33 realizaron un petitorio en reclamo por la salud de los niños y niñas alojadas en ese establecimiento penitenciario.

 


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La Plata, 5 de febrero de 2014

 

A los responsables de los organismos que se mencionan a continuación, y por su intermedio a quien corresponda, miembros del Comité contra la Tortura de la Comisión Provincial por la Memoria, a la Subsecretaría de DDHH de las Personas Privadas de la libertad del Poder Judicial de la Provincia de Buenos Aires, a la Asamblea por los Derechos Humanos La Plata, al COFAM, al Programa Niñez, Derechos Humanos y Políticas Públicas de la FCJyS-UNLP, al Ministerio de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, a la Procuración General, al Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Buenos Aires, a la Secretaría de Niñez de la Provincia de Buenos Aires, al Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires.

 

De nuestra mayor consideración:

 

Nosotras, madres y mujeres alojadas en la Unidad Nº 33 de Los Hornos (calle 149 y 71), nos dirigimos a ustedes, con el objeto de solicitarles con la mayor urgencia lo que detallaremos acto seguido, en virtud de encontrarse en juego la vida e integridad física de los niños/as menores de cuatro años con los que convivimos.

 

En efecto, lamentablemente, como es de público conocimiento, hemos padecido varias muertes y daños a la integridad psicofísica, tanto de madres como de niños/as alojadas aquí, en razón de la falta de un sistema de salud primaria adecuado.

 

El pasado 4 de febrero, falleció Santino Villalba, de apenas 21 días de edad, ahogado, cuya pericia médica dio cuenta de la falta de culpabilidad de la madre, quien además se halla sobreseída en su causa judicial y puso de manifiesto la responsabilidad del Estado en dicha muerte.

 

Por estas razones, solicitamos con absoluta prioridad y urgencia:

 

1) Que la Unidad 33 cuente con una unidad sanitaria que tenga una ambulancia en condiciones de ser utilizada, de manera exclusiva y excluyente para servicios sanitarios, y que la misma sea manejada por personal idóneo.

 

2) Que dicha unidad sanitaria posea insumos suficientes, tanto para afrontar situaciones de emergencia, como para tratamientos médicos y atención primaria cotidiana, único modo de garantizar el acceso, sin discriminación, del Derecho Humano a la salud de los/as niños/as alojados en la Unidad, en cumplimiento de su Interés superior.

 

3) Asimismo, solicitamos la provisión de medicamentos, en cantidad suficiente.

 

4) También se requiere, a los mismos fines, la presencia de un/a pediatra y un/a obstetra, en guardia permanente, dado que aquí se alojan niños/as menores de cuatro años.

 

5) Resulta indispensable que la efectivización y control, en la ejecución de las medidas solicitadas, se lleve a cabo por todos los organismos a quienes dirigimos el presente pedido, toda vez que al encontrarnos en contextos de encierro, estamos impedidas materialmente de velar por la salud de nuestros hijos e hijas. Lo expuesto resulta en un todo de acuerdo a lo normado en la Convención Internacional por los Derechos de la Niñez, leyes 26.061, 13.298, decreto reglamentario 300/05, y demás normas aplicables. No resulta ocioso recordar que actualmente debido a las normas vigentes mencionadas, el garante de los daños que han padecido o padecieren nuestros hijos, es el propio Estado designado legalmente como responsable de su integridad material y moral.

 

6) Finalmente, de conformidad con lo expresado solicitamos que las medidas descriptas se tomen en un plazo menor a los 30 días (cómo máximo), contado a partir del presente día 5 de febrero de 2014.

 

7) Asimismo, nos reservamos el derecho de tomar otras medidas de fuerza en el caso de que por acción u omisión resulten negados los Derechos Humanos de nuestros/as hijos/as en el penal. En éste último caso (no cumplimiento de las medidas mínimas solicitadas en el plazo indicado) afirmamos que tomaremos otras medidas y haremos responsables penalmente a quienes tienen a su cargo la provisión del servicio de salud en esta Unidad Penitenciaria.

 

Por otra parte, solicitamos se garantice la permanencia, evitando cualquier traslado arbitrario, de las internas alojadas aquí, en represalia por nuestro legítimo reclamo al acceso al derecho a la salud.

 

A la espera de una respuesta favorable, los saludamos muy atentamente.

 

Las madres y demás mujeres alojadas en la Unidad 33 de Los Hornos.

 

http://argentina.indymedia.org/news/2014/02/854725.php?theme=1