Con un Código Procesal Penal redactado de 1971, Corrientes se ubicaba entre las provincias con esta normativa más desactualizada, según explicaban durante el año pasado quienes apoyaban el proyecto legislativo de reforma del Código Procesal Penal de Corrientes, proyecto que finalmente cayó por falta de tratamiento en Diputados.

En 2014 además se cumple una década del inicio de las gestiones para reformar el código por parte de distintos sectores de la justicia y de catedráticos.

Pero además de la caída de estado parlamentario del proyecto, en paralelo varias provincias en el último tramo de 2013 aprobaron cambios en códigos procesales con lo cual dejaron aún más expuesta la situación de Corrientes de tener el Código Procesal más viejo y además sin reformas en el tiempo.

Al respecto, desde el Colegio de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial adelantaron a Momarandu.com que ni bien se reinicie la labor de la Legislatura se intentará reactivar el proyecto caído en 2013 por una necesidad de la provincia pero además para revertir la crítica posición frente a otras provincias que modernizaron sus códigos.

Las provincias que quedaron con códigos penales de más larga data, además de Corrientes son Córdoba que lo sancionó en 1991 y Tierra del Fuego en 1994. En ambas provincias se empezaron a gestar movimientos a favor de actualizar sus respectivos códigos.

Durante 2013 aprobaron reformas a sus códigos procesales la provincia de Salta cuya redacción era del año 1985, Río Negro con un texto de 1988, Neuquén y Misiones cuyo código había recibido consagración legislativa en 1989 y entrado en vigencia a fines de 1991.

En la región, la provincia de Formosa con un Código Procesal Penal de 1991 y reformado en 2006, ha finalizado un nuevo proyecto piloto de reforma, con excelentes resultados; mientras que Chaco hace un década avanzó en una reforma integral de su cuerpo normativo y lo actualizó en varias oportunidades en los últimos años, la última modificación en 2013.

En el país cuentan con códigos reformados y plenamente vigentes las provincias de Chubut, La Pampa, Ciudad Autónoma de Buenos Aires; a la vez que se encuentran en pleno proceso de implementación las provincias de Entre Ríos, Santa Fe y Santiago del Estero.

La Provincia de Buenos Aires reformó su código varias veces, la última en noviembre de 2013; Catamarca lo reformó en 2003; Jujuy en 2011; la Pampa en 2006; La Rioja en 2009; Mendoza en 2011; San Juan en 2011; San Luis reglamentó en enero de 2010 reformas a su código redactado en 2004.

Santa Cruz instrumentó modificación en su código en 2000 y 2008 y Tucumán en 2010 y 2011.

REACTIVACION
Desde diversos sectores que había criticado la caída del proyecto de reforma del Código Procesal Penal de Corrientes en 2013, coincidieron en la necesidad de retomar la iniciativa en 2014.

La titular del Colegio de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial, Analía Durand de Cassis, sostuvo que como entidad tienen resuelto volver a plantear la discusión sobre el proyecto cuando se reanuden la actividad ordinaria en la Legislatura en marzo.

“No queremos que pase este año sin la reforma” dijo y sostuvo que el proyecto que se discutía en 2013 en el Legislativo contaba con pleno consenso de miembros del Poder Judicial y de catedráticos universitarios, por lo cual la decisión es netamente “política” del Ejecutivo y el Legislativo.

Señaló que la mora en una reforma del Código Procesal Penal relega cada vez más a Corrientes que en 1971 avanzó en la redacción de un Código que sentó precedente en el país, y en la actualidad tiene un Código desactualizado y desalineado con legislaciones nacionales en la temática.

HISTORIA DEL DEBATE
En el año 2004, el equipo local del Inecip (Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales) entregó en forma gratuita al Superior Tribunal de Justicia el primer proyecto de reforma integral al Código de Procedimiento Penal (CPP), el máximo tribunal de la Provincia lo tomó como propio y lo presentó a la Legislatura.

El mismo proyecto se presentó en los años 2005, 2006, 2007, 2008 y 2009, pero nunca fue tratado. En 2010 este proyecto fue presentado nuevamente por un legislador con algunas modificaciones lo cual generó una actualización de la discusión especialmente en el ámbito judicial.

En ese tiempo se presentaron además otros proyectos que también quedaron truncos en su debate.

Durante 2013 se reactivó la discusión del proyecto de reforma y diversos sectores consensuaron la necesidad de sancionar el proyecto que contaba con media sanción para no perder una nueva oportunidad de modernizar la normativa procesal penal.

Pese a los esfuerzos, finalizaron las sesiones ordinarias sin el tratamiento de la reforma, que tenía media sanción legislativa, por lo cual perdió otra vez más estado parlamentario.

CODIGO SEÑERO
Corrientes fue la primera provincia del NEA que adoptó el sistema procesal mixto (1971) y también fue pionera en la incorporación del querellante conjunto (1976), pero su conflictiva situación política e institucional en los años que siguieron ha frenado mayores avances posteriores, según explica la doctora Gabriela Aroma de Sommer, una de las autoras del proyecto de reforma al Código Procesal Penal.

El funcionamiento del proceso muestra las falencias comunes del sistema mixto que se patentizan en el marcado carácter inquisitivo en todas las etapas del proceso, la escasa oralidad real y el mantenimiento inalterado del modelo de gestión tradicional de la burocracia tribunalicia.

El “nuevo sistema” o nuevo Código Procesal Penal buscado para Corrientes tiene como principal y único objetivo simplificar y eficientizar la administración de la justicia penal. Se busca pasar de un sistema inquisitivo a uno acusador.

El nuevo Código aportará a la agilización del proceso, que será en beneficio tanto a favor del imputado que definirá su situación en tiempo prudentes, como de la sociedad que verá que los casos se resuelven.

Según se fundamentaba en el proyecto caído en 2013, una vez que la norma sea aprobada se prevé la implementación de una comisión de seguimiento interpoderes que tendrá dos representantes del Ejecutivo, del Legislativo y del Poder Judicial. La finalidad del grupo será trabajar en las normas complementarias al nuevo Código.

Si bien los cambios son estructurales, los puntos centrales del nuevo código pueden sintetizarse en un nuevo sistema de garantías, derechos del imputado y regula la actuación de la policía judicial.

También regula sobre derechos de las víctimas a quienes se les otorga fundamental participación, investigación a cargo del Ministerio Publico Fiscal, reemplazo del expediente por la “audiencia” lo que simplifica la actividad procesal, control de la acusación para evitar maniobras dilatorias, razonable duración del proceso con plazos perentorios y términos máximos de investigación, procesos especiales como abreviados, flagrancia y juicio directo, entre otros.

 

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