La audiencia preliminar contra Ariel Alejandro Alvarez (24) se llevó a cabo ayer en la sala principal de audiencias de la Oficina Judicial de Comodoro Rivadavia y estuvo presidida por el juez penal, Mariano Nicosia. La Fiscalía fue representada por la funcionaria, Stella Maris Prada; la querella por el abogado particular, Juan Carlos Smith, y la defensa a cargo del abogado, Leopoldo Puricceli.
Se debe recordar que el caso tiene que ver con el homicidio de Luis Armando Caamaño (24), el joven que fue asesinado el 21 de mayo del año pasado frente a su padre y sus hijos, cuando descendía del auto para ingresar a la casa de su suegra, en el barrio Standart Norte, y recibió dos impactos de arma de fuego. Por ese hecho fue imputado Alvarez, en calidad de autor.

SOBRESEIMIENTO
DENEGADO
Una de las primeras cuestiones que plantó el defensor, Leopoldo Puricceli, fue el sobreseimiento de su asistido porque entiende que existe “orfandad probatoria”, tras señalar que de la acusación y del relato del hecho, no se vislumbra la participación de Alvarez, destacando que el allanamiento en su domicilio fue negativo. En conclusión, afirmó que no se incorporaron nuevos elementos de prueba, ni fundamentos como para requerir la apertura de juicio.
En respuesta a ello, tanto la Fiscalía como la querella pidieron que se rechace el sobreseimiento reclamado por el defensor y así lo hizo el juez, por lo que se pasó a la etapa de incorporación de pruebas. En esa instancia, de los 30 testigos que presentaron los acusadores finalmente se admitieron 15. También fueron desestimadas varias pruebas documentales.
Después de tratar la incorporación de prueba, el magistrado resolvió elevar la causa a juicio oral y público, y teniendo en cuenta la pretensión punitiva de 13 de prisión, fijada por los acusadores en la acusación, ordenó a la Oficina Judicial la designación de un tribunal colegiado.

PORMENORES
A todo esto, los acusadores solicitaron la prisión preventiva del imputado, teniendo en cuenta que la causa será juzgada por un delito que tiene una pena mínima de 8 años –de cumplimiento efectivo– y la fundaron en el peligro de fuga.
El defensor rechazó la medida de coerción, exigiendo que se mantuviera la libertad. En tal sentido propuso que se aplique alguna de las medidas sustitutivas del artículo 227 del Código Procesal Penal, como su presentación ante algún organismo, o la prohibición de acercamiento, destacando que Alvarez pasó todo el proceso en libertad y se presentó ante la Justicia cada vez que fue convocado.
Al respecto, el magistrado rechazó la prisión preventiva y en ese contexto fue que emitió opinión sobre el resultado que puede llegar a tener el caso, al señalar que la prueba es “endeble” y el imputado “tiene probabilidad” de resultar absuelto en el juicio.

EL HECHO
Según la acusación fiscal el 21 de mayo del año pasado, a las 18:30, Ariel Alejandro Alvarez, en compañía de otra persona, caminaba por la calle Código 2.427, a la altura del 1.424. Unos minutos antes había comprado una cerveza en el comercio S & M, luego se cruzó con la víctima, quien descendió del Chevrolet Corsa de su padre, Luis Omar Caamaño.
El imputado esgrimió una pistola con claras intenciones de dar muerte, apuntó y disparó en tres oportunidades contra Caamaño, produciéndole heridas que causaron posteriormente su deceso en el Hospital Regional. Luego Alvarez se enfrentó al padre de la víctima, quien se encontraba en el auto y amenazándolo expresó: “para vos también hay”. Finalmente huyó del lugar con el sujeto que lo acompañaba.

fuente:http://www.elpatagonico.net/nota/119240-insolito-un-juez-adelanta-su-posible-fallo/