El  Juzgado federal Nº3 de Córdoba rechazó la causa penal promovida contra el cantante Andrés Calamaro por haber sugerido durante el Cosquín Rock que era una buena noche para fumar un cigarrillo de marihuana.

La causa se había iniciado a instancia del legislador provincial Aurelio García Elorrio y la fiscal Graciela López de Filoñuk había promovido acción penal contra el músico por supuesta «apología del delito».

Ahora, el juez federal Nº3 Hugo Vaca Narvaja rechazó la imputación y resolvió «rechazar el requerimiento fiscal de instrucción (…) por no constituir delito el accionar objeto del mismo». Incluso la rechazó en duros términos: consideró que se tratataba de una denuncia liviana e inútil, que había provocado un «inútil dispendio» de los recursos de la Justicia.

El magistrado remarcó «que la conducta supuestamente desplegada por Andrés Calamaro no reviste la capacidad objetiva suficiente para superar el límite de la libertad de expresión y  resulta atípica por tratarse de un mero despliegue artístico sin aptitud para promover de manera autónoma, clara  y contundente el consumo de estupefacientes».

El juez dijo que en vez de invertir «horas-hombre» para resolver sobre un planteo como el formuluado contra el músico, esa inversión debería ser destinada «a una efectiva persecución de quienes lucran con el comercio de estupefacientes y no a quienes viven su vida en libertad, dicen lo que piensan y contribuyen con su arte a las arcas culturales de la Nación y a generar debates que incentivan el intercambio de ideas y de información».

Los argumentos

El 14 de febrero de este año, en el Cosquín Rock, Calamaro había dicho, entre las canciones Tuyo siempre y Loco, «qué linda noche para…», a lo que el público respondió «…fumarse un porrito».

Ante esa situacióne, el juez Vaca Narvaja sostuvo que le «sorprende la descripción» del supuesto delito por el que debería investigarse a Calmaro, porque entiende que esa conversación «claramente no se basta a sí misma como hecho penalmente típico» de la apología del delito.

Vaca Narvaja escribió que «no se basta a sí misma porque, evidentemente, decir ‘que linda noche para…’ jamás puede constituir un delito.  Se trata sólo de una manifestación apreciativa que deja un espacio abierto para que cualquiera pueda completarla de la manera que prefiera».

En otras palabras, el hecho denunciado no es otro que haber dicho “que linda noche para…..”, lo que a todas luces no puede ser considerado un delito, y menos aún el delito previsto en el art.12 de la ley 23.737 ya que, conforme autorizada doctrina, ‘preconizar’ es ‘encomiar, tributar elogios públicamente a una persona o cosa’, y ‘difundir’ es, en sentido figurado, divulgar, propagar….».

Vaca Narvaja también recordó que el Tribunal Oral Federal Nº1 de La Plata absolvió a Calamaro de una denuncia similar al haber señalado el 24 de noviembre de 1994 que también era una buena noche para fumar un «porro».

Ante eso, el juez remarcó: «Debo resaltar que aquella absolución debiera haber advertido tanto al denunciante como a la Sra. Fiscal de la liviandad e inutilidad de esta denuncia».

Libertad de expresión y causa Arriola

En su fallo, Vaca Narvaja estimó que «la promoción de acción en contra del músico entraña un evidente anacronismo, a la par que trasunta la intención de impedir la libre expresión de las opiniones personales».

Además, recordó que ya la Corte Suprema de Justicia, en la causa «Arriola», «ha quedado incorporada al acervo jurídico de nuestro país la noción de que el consumidor de estupefacientes no debe ser penalizado,  tanto por imperio de la norma del artículo 19 de la Constitución Nacional como por cuestiones de política criminal y de salud pública».

En ese marco, dijo que «es claro que en el estado actual de nuestra sociedad el consumo de estupefacientes es percibido por el ciudadano común como una acción privada».

La réplica de García Elorrio. El legislador cuestionó la resolución de Vaca Narvaja, que ahora sólo puede ser apelada por la fiscal López de Filoñuk. «El juez es nuevo y quizá no conozca la magnitud del daño que es el consumo de sustancia está provocando en miles de chicos y dañando a tantas familias. Esto no hubiera llegado a nuestro país si no hubiera existido una negligencia grave de los poderes del Estado que permitieron que 70 mil kilos de cocaína al año crucen el territorio nacional hacia los puertos europeos, tarea a la que bien podría dedicarse el juez», dijo. Según el legislador, «un artista tiene más influencia sobre la salud de los chicos que sus padres, maestros y profesionales médicos que los asisten».

http://www.lavoz.com.ar/ciudadanos/archivan-la-causa-contra-calamaro-por-apologia-del-delito-en-el-cosquin-rock