Los magistrados concluyeron que la Justicia actuó como auxiliar de los uniformados. Les achacaron haber investigado un caso de narcomenudeo sin la supervisión del fiscal y los jueces.

La Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal anuló una condena dictada por el Tribunal Oral Federal Nº2 de Córdoba en una causa por narcomenudeo y absolvió a los imputados, luego de cuestionar la instrucción llevada adelante por la Policía de la Provincia.

Se trató de un caso en que el fiscal federal le pidió a Drogas Peligrosas que investigara una denuncia sobre la existencia de un “kiosco” de drogas, imponiendo que fuera informando periódicamente de los avances de la pesquisa, lo que no se cumplió.

Los policías investigaron por el término aproximado de tres meses, vigilaron el domicilio, requisaron compradores y finalmente pidieron el allanamiento haciendo un reporte de lo actuado en ese término. Tanto en los controles a los “clientes” como en el allanamiento, los policías secuestraron pequeñas cantidades de marihuana. Los acusados fueron condenados a cuatro años de prisión por tener y comercializar estupefacientes.

El hecho de que los policías hayan investigado esos tres meses sin poner en conocimiento de lo que hacían a la Justicia motivó que el tribunal integrado por los jueces Alejandro Slokar, Ángela Ester Ledesma y Ana María Figueroa anulara el fallo y absolviera a los imputados, luego de considerar que “la Justicia federal funcionó como auxiliar de la policía”.

Actitud grave
“Resulta particularmente grave la absoluta falta de supervisión y gobierno de la investigación por parte de los magistrados competentes -juez y fiscal-”, indicó el fallo de Casación al que accedió Comercio y Justicia.

Y continuó: “La policía provincial asumió la dirección de la pesquisa sin control alguno, dispuso requisas, detenciones, recabó información sobre la vida familiar y datos personales de los involucrados, sobre la actividad laboral fuera del hogar del encartado (…) omitiendo dar noticia a la fiscalía e incumpliendo la orden de elevar informes mensuales.”.

Al finalizar, el tribunal concluyó que “se constató la reiteración de esta irregular inversión de los roles asignados por la Constitución Nacional y el rito”, por lo cual se consideraron “nulas las actividades prevencionales que suponen injerencias en la intimidad de las personas, realizadas de manera autónoma, sin dirección ni control por parte del Ministerio Público y el Poder Judicial”.

La sentencia se dictó por mayoría con los votos de Slokar y Ledesma.

 

 

http://www.comercioyjusticia.com.ar/2013/05/15/drogas-cuestionan-actuacion-de-la-policia-y-anulan-el-fallo/