NEUQUÉN (AN).- El fiscal general José Gerez elaboró un instructivo que indica a los fiscales de qué manera deben interpretar el plazo máximo legal de un año de prisión preventiva.

La decisión fue tomada luego de que el Tribunal de Impugnación dispusiera la libertad de imputados que habían sido declarados culpables por jurados populares, pero a los que no se les había fijado la pena.

Los jueces entendieron que si el sistema de administración de justicia penal no había logrado una sentencia firme en el plazo de un año, esto no podía conllevar la violación de las garantías de los imputados.

El artículo 119 del Código Procesal Penal dice textualmente que vencido el plazo «no se podrá decretar una nueva medida de coerción privativa de libertad.»

Según Gerez el plazo de un año de detención no es «automático» y sólo «debe aplicarse en los casos en que el imputado no se encuentre condenado o declarado culpable.»

«Una vez que la persona ha sido condenada por un tribunal compuesto por jueces profesionales a una pena de prisión de efectivo cumplimiento o declarada culpable por un jurado popular (aun cuando no se haya realizado el juicio de cesura, pues la pena a imponer siempre tendrá esta modalidad), el riesgo «probabilístico» de que el imputado se dé a la fuga desaparece, transformándose en un riesgo «cierto o manifiesto», aseguró el funcionario del Poder Judicial.

La idea del instructivo es «facilitar la actuación» de los representantes del ministerio público ante los planteos de las defensas y unificar «la línea argumentativa jurídica» para rechazarlos.

Gerez anticipó que está elaborando un proyecto de reforma del Código Procesal, que lleva un año y dos meses de vigencia, y en el que se contempla cambiar el artículo en discusión. Sin embargo, hasta el momento no ha presentado en la Legislatura su iniciativa.

El fiscal también impugnó las decisiones en las que se revocó la prisión preventiva de los imputados y que tanto revuelo causaron. El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) ya fijó las fechas de las audiencias.

En el caso del crimen de Fernando Padilla, cuyas imputadas son Silvina Turra y Eugenia Nahuel, se realizará el 7 de abril a las 10:30, mientras que la del homicidio de Daniel Arias, en la que se declaró culpables a Gabriel Alexis Castillo, Alex Mauricio Obreque Vara y Manuel Eduardo Canale está prevista para el 9 de abril en el mismo horario.

Integran la sala penal del TSJ los vocales Evaldo Moya y Graciela Martínez.

 

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