El derecho al trabajo de los reclusos está reconocido en las leyes vigentes y solo disponen de un mínimo de su salario. Por Mariano Parada Lopez.

«Un preso gana más que un jubilado» se repitió hasta el hartazgo en la semana. El aumento del salario mínimo, vital y móvil a 6.060 pesos, por encima de los 3.821 pesos de la jubilación mínima, hizo que muchos pensaran que un recluso, por el mero hecho de estar en una institución carcelaria, ganaran más que alguien que aportó durante 35 años a la ANSES de su salario.
Sin embargo, el sueldo es tan solo para aquellos presos que efectivamente trabajan, cuya labor debe ser remunerada según lo garantizado por las leyes vigentes y se encuentra en la mayoría de los casos muy por debajo del nivel pensado. Esto sin tener en cuenta que el valor de los 6.060 pesos es el salario mínimo para una jornada de 40 horas semanales para enero de 2016 y el haber mínimo de la clase pasiva deberá ser actualizado nuevamente en septiembre, según la Ley de Movilidad.
Además está la importancia de que un recluso trabaje como forma de reinserción y de fomentar lo que Massa, uno de los críticos del anuncio reciente, remarcó en su último spot: «la cultura del trabajo».
En el sistema federal, que alberga alrededor de 10 mil presos, rige la ley 24.660 sobre la Pena Privativa de Libertad. Allí se establece claramente que «el trabajo constituye un derecho y un deber del interno» a la vez que es «una de las bases del tratamiento y tiene positiva incidencia en su formación«.
La legislación vigente divide entre los trabajos que un interno hace dentro de un penal (labores de limpieza, cocina, etc.) que los que pueden tener en el sector privado. Para el primer caso, la remuneración «no será inferior a las tres cuartas partes del salario mínimo vital móvil» vigente, sentencia el artículo 120 de la citada normativa. El SMVM es en la actualidad, con el primer tramo del aumento, de $5.588 para una jornada full time. Es decir, el mínimo salario que cobraría un preso que trabaje esa cantidad de horas es de 4.185 pesos.
Pero en este caso cabe otra cuestión: según datos del ministerio de Justicia de la Nación del 2013, en todo el paísapenas el 19% de los 64 mil internos trabaja las 40 horas semanales que lo haría acreedor del salario mínimo, en tanto otro 22% trabaja jornada reducida y el restante 59% no realiza ninguna labor.
Del sueldo que gana un interno por hacer trabajos en el penal, el mismo se divide según fines ya especificados. El artículo 121 de la 24.660 lo separa según:
a) 10 % para indemnizar los daños y perjuicios causados por el delito, conforme lo disponga la sentencia
 
b) 35 % para la prestación de alimentos, según el Código Civil
 
c) 25 % para costear los gastos que causare en el establecimiento
 
d) 30 % para formar un fondo propio que se le entregará a su salida.
Suponiendo que un interno trabaje 40 horas semanales en actividades dentro de la cárcel, y a una remuneración de 5.588 pesos, recibirá 1.676,4 pesos por mes trabajado cuando salga en libertad.
En el caso del sector privado, este puede contratar a un recluso como su empleado y arreglar con él su sueldo. La ley remarca que para estas situaciones la remuneración será «igual al salario de la vida libre correspondiente a la categoría profesional de que se trate».
Sin embargo, esto no es así en la práctica, le contó el juez de Necochea y director ejecutivo de la Asociación de Pensamiento Penal, Mario Juliano a El Destape. «El trabajo de los presos es subremunerado, sin obra social ni jubilación», advirtió a este medio y acusó al sector empresario de aprovecharse de la privación de libertad para contratar empleados como si fuera «trata de personas«.
El especialista aclara que la normativa es la que se aplica en las cárceles federales de la Argentina, en tanto cada provincia define su propia política al respecto. Sobre esto, también remarca una polémica: «Yo pienso que la ley nacional establece un piso inderogable», opinó y apuntó que esto está sujeto a «interpretación» por cada jurisdicción.
En la provincia de Buenos Aires, por ejemplo, reside el servicio penitenciario más grande del país, con más de 33 mil internos entre aquellos que tienen condena firme y los que están bajo prisión preventiva. De ellos, cerca de 10 mil trabajan, pero apenas 510 lo hacen en el sector privado y los demás cumplen funciones en las cárceles a cambio de un «peculio», un monto simbólico que no supera los 100 pesos, informaron voceros del Servicio Penitenciario Bonaerense a El Destape.
En el programa Criaturas Salvajes, que emite por el canal CN23, el periodista Iván Schargrodsky entrevistó al abogado especialista en regímenes carcelarios Leandro Halperin quien argumentó: «El que trabaja tiene derecho a percibir un salario aunque sea en encierro. Si no se le paga, es explotación o esclavitud». Esa es la cuestión.
http://www.eldestapeweb.com/sueldos-los-presos-una-polemica-esteril-basada-datos-falsos-n8328